FUNDAMENTO LEGAL Y JURÍDICO ADMINISTRATIVO:
Artículo 27 y 115 fracción I, párrafo primero, fracción II, III, párrafo a, IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Articulos 112, 113, 122, 123, 124 y 128 fracción I, III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículos 3, 31 fracción I, 48 fracción III, 125 fracción, I, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México;
Artículo 1, 13 fracción V, 33, 34, fracción 1, 47,48,60,61 fracción 11 de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios;
Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento;
Artículo 71 del Bando Municipal de Tianguistenco vigente;
Y Reglamentos Municipales, Circulares y las demás disposiciones normativas que resulten aplicables.
DOCUMENTOS A OBTENER: No aplica.
VIGENCIA DEL DOCUMENTO A OBTENER: No aplica.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Cuando sea detectada una fuga de agua potable.