FUNDAMENTO LEGAL Y JURÍDICO ADMINISTRATIVO:
Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 112 de la constitución política del Estado Libre y Soberano de México
Artículo 1, 4, 5, 6, 7 y demás relativos y aplicables de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México
Artículos 107, 108, 109, 113, 114 y demás relativos del Código financiero del Estado de México y Municipios
Articulo 95 de Ley Orgánica Municipal del Estado de México
DOCUMENTOS A OBTENER: Traslado de dominio.
VIGENCIA DEL DOCUMENTO A OBTENER: Permanente.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Siempre y cuando se acredite la propiedad, mediante las diversas modalidades contempladas en el código financiero del Estado de México y municipios.